lunes, 27 de octubre de 2008

Carta al Ministro de Cultura

Sr. Ministro:

Le escribimos en nombre de la Plataforma Contra el Préstamo de Pago en Bibliotecas (de la cual seguramente habrá oído hablar porque nació hace cinco años y es muy activa) para pedir información sobre el proceso de elaboración del Reglamento previsto en la Ley de la lectura, del libro y de las bibliotecas (Ley 10/2007). La disposición transitoria décimo novena establece un año de plazo, tras la aprobación de la Ley, para hacer un Reglamento que fije los detalles para el cobro y el reparto del canon que se ha establecido contra el préstamo de libros en bibliotecas. Estamos, pues, convencidos de que se está redactando ese texto, y nos extraña mucho que no se haya informado a los bibliotecarios en ningún momento sobre los detalles de esa redacción, cuando la IFLA, que es el máximo referente a nivel mundial, afirma tajantemente lo siguiente:

“Los bibliotecarios deben participar en la organización de los planes de préstamo público para que su financiación no proceda de los presupuestos de las bibliotecas.” Directrices IFLA/UNESCO para el desarrollo del servicio de las bibliotecas públicas (página 19, párrafo 2.3.3)

En realidad, como seguramente usted también sabe, lo que pretende la Plataforma contra el Préstamo de Pago en Bibliotecas es que la Dirección General de Comercio Interior de la Unión Europea derogue la directiva que consagra el préstamo de pago. Está claro que es una directiva con los pies de barro, ya que se asienta en una gran mentira: que los préstamos que hacen las bibliotecas reducen las ventas de los libros. Por el contrario, muchas personas adquieren los libros después de haberlos visto en una biblioteca; ese es un hecho diariamente comprobado y compartido por la propia IFLA, que en el documento La posición de la IFLA frente al derecho de préstamo al público afirma que: “A pesar de que es loable el apoyo social y cultural que representan para los autores la mayoría de sistemas de PLR (Derecho de Préstamo Público) actuales, la justificación que normalmente se hace del PLR (que el uso de obras con copyright a través de las bibliotecas públicas perjudica las ventas) carece de fundamento demostrado. De hecho, el préstamo realizado a través de las bibliotecas públicas suele contribuir a la difusión de las obras con copyright y, al contrario, favorece las ventas”.

La verdad es que nos gustaría mucho hablar con usted personalmente, para proponerle que, junto con los demás ministros de Cultura de los países europeos, solicite a la Dirección General de Comercio Interior la derogación de una Directiva que, por lo que sabemos, no gusta en ningún país. En ese proceso tendría toda nuestra colaboración.

Pero, mientras convencemos entre todos a dicha Dirección General y en nuestro país se esté redactando un Reglamento para regular el cobro del canon y su reparto, deseamos que se nos informe de la marcha de ese documento para conocer sus términos, ya que como profesionales bibliotecarios nos incumbe directamente y condicionará el futuro de nuestro servicio a la ciudadanía.

Esperando sus noticias, le saludan los miembros de la Plataforma contra el Préstamo de Pago en Bibliotecas.

2 comentarios:

Sarashina dijo...

No sé si os contestará. Los ministros andan muy ocupados en todo, menos en lo que tienen que estar ocupados. La carta está muy bien y sería bueno que se os hiciera caso.
Un abrazo, Eusebio.

Anónimo dijo...

Muchas gracias por tu apoyo, como siempre, Clares.